Arquitecto Técnico
Director de Ejecución de obras
 



 
                              

 

 

   
 

Calidad de los materiales y procesos constructivos.

La calidad, en su formulación más general, consiste básicamente en una especificación del producto y de un cumplimiento correcto de esa especificación en el proceso de fabricación. Ambos aspectos determinan la calidad. Un producto mal especificado no podrá tener calidad; un proceso de fabricación que no cumple la especificación, tampoco.

En cumplimiento del artículo 5.5 de la Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 74, de 29/03/1999), con objeto de “definir las calidades de los materiales y procesos constructivos y las medidas, que para conseguirlas, deba tomar la dirección facultativa en el curso de la obra y al término de la misma”. Y en cumplimiento con el RD 314/2006 del 17 de marzo por el cual se aprueba el CTE, especificando “los productos de construcción que se incorporen con carácter permanente a los edificios, en función de su uso previsto, llevarán el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE.. y disposiciones de desarrollo u otras directivas Europeas que le sean de aplicación...

En determinados casos, y con el fin de asegurar su suficiencia, los DB establecen las características técnicas de productos, equipos y sistemas que se incorporen a los edificios, sin perjuicio del marcado CE que les sea aplicable.” “Se considerarán conformes con el CTE los productos, equipos y sistemas innovadores que demuestren el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE referentes a los elementos constructivos en los que intervienen...”.

Haciendo constar igualmente el CTE la obligación de incluir como Anexo a la memoria del proyecto el Plan de Control de Calidad.

A tal efecto, el Colegio de Aparejadores de Madrid dispone de un Documento orientativo sobre las calidades de los materiales y procesos constructivos, de uso exclusivo para colegiados y ya dispone igualmente de una Guía para la realización del Plan de Calidad y su seguimiento en obra.

  Laboratorios de control de calidad. Acreditaciones.

El 31 de marzo de 2010 se publica el Real Decreto 410/2010 por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su actividad. Pincha aquí para ver el R.D.

 




BUSCADOR ESPECIAL CONSTRUCCIÓN 

 




Miguel Ángel Batalla Alegre
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